Deusto Journal of Human Rights

Revista Deusto de Derechos Humanos

ISSN 2530-4275

ISSN-e 2603-6002

DOI: https://doi.org/10.18543/djhr

No. 16 Year / Año 2025

DOI: https://doi.org/10.18543/djhr162025

ARTICLES / ARTÍCULOS

Justicia transicional y posconflicto en Irlanda del Norte: desafíos de la memoria y la reconciliación

Transitional justice and post-conflict in Northern Ireland: challenges of memory and reconciliation

Sandra Alonso Tomé

Universidad de Burgos. España

satome@ubu.es

ORCID: https://orcid.org/0000-0002-1645-8265

https://doi.org/10.18543/djhr.3423

Fecha de recepción: 15.05.2025
Fecha de aceptación: 21.11.2025
Fecha de publicación en línea: diciembre de 2025

Cómo citar / Citation: Alonso, Sandra. 2025. «Justicia transicional y posconflicto en Irlanda del Norte: desafíos de la memoria y la reconciliación». Deusto Journal of Human Rights, n. 16: 83-109. https://doi.org/10.18543/djhr.3423

Resumen: Este artículo analiza críticamente la justicia transicional en Irlanda del Norte tras The Troubles, valorando su impacto en la reconciliación. Aunque el Acuerdo de Viernes Santo (1998) marcó un hito, la aplicación de las medidas transicionales ha sido fragmentada y politizada. Se examinan los cuatro pilares de la justicia transicional verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición, destacando avances como la reforma policial y reconocimientos institucionales, pero también persistentes desafíos: la impunidad, las memorias divididas y la Ley de Amnistía de 2023. Se concluye que, pese a su contribución a la paz institucional, la justicia transicional no ha logrado una reconciliación social profunda. Se proponen medidas para fortalecer la verdad, la memoria colectiva y el diálogo intercomunitario como claves para una reconciliación genuina.

Palabras clave: Justicia transicional, Irlanda del Norte, reconciliación, Acuerdo de Viernes Santo, derechos humanos.

Abstract: This article critically analyzes transitional justice in Northern Ireland after The Troubles, assessing its impact on reconciliation. Although the Good Friday Agreement (1998) was a milestone, the implementation of transitional justice measures has been fragmented and politicized. The four pillars of transitional justice truth, justice, reparation, and guarantees of non-repetition are examined, highlighting advances such as police reform and institutional acknowledgments of responsibility. However, significant challenges persist, including impunity, divided collective memories, and the 2023 Amnesty Law. The article concludes that, while transitional justice has contributed to institutional peace, it has not achieved deep social reconciliation. Measures to strengthen truth-seeking, collective memory, and intercommunal dialogue are proposed as essential steps toward genuine reconciliation.

Keywords: Transitional justice, Northern Ireland, reconciliation, Good Friday Agreement, human rights.

Sumario: 1. Justicia transicional y posconflicto en Irlanda del Norte: marco conceptual y contextual. 2. La herida abierta de Irlanda del Norte: The Troubles y el reto de la justicia transicional. 3. El legado no resuelto: impunidad, dolor y justicia fragmentada. 4. Las guerras no contadas: género, violencia y resiliencia en la justicia transicional norirlandesa. 5. La memoria en disputa: entre el poder, las voces excluidas y la verdad. 5.1. La construcción de la memoria colectiva: relatos en confrontación y el reconocimiento de lo silenciado. 5.2. Memorias alternativas: desafíos y resistencias frente al discurso oficial. 5.3. La Legacy Act de 2023: un obstáculo para la verdad y la memoria plural. 6. Análisis crítico: ¿puede la justicia transicional sanar una sociedad dividida como la Norirlandesa? 6.1. Balance de logros y fracasos en el proceso norirlandés. 6.2. La experiencia norirlandesa en perspectiva comparada: aprendizajes y advertencias desde la justicia transicional internacional. 6.3. Educación y diálogo intergeneracional: claves para transformar las narrativas y construir una memoria plural en Irlanda del Norte. Conclusiones: justicia, memoria y reconciliación en Irlanda del Norte. Bibliografía.

1. Justicia transicional y posconflicto en Irlanda del Norte: marco conceptual y contextual

Durante una visita a Irlanda del Norte en el verano de 2024, resultó evidente que el conflicto, aunque formalmente concluido, sigue latiendo en múltiples capas de la vida cotidiana. En las calles de Belfast y Derry, los “muros de la paz” continúan separando barrios, los murales exaltan memorias opuestas y los cementerios, placas y banderas evocan heridas aún abiertas. La polarización persiste tanto en los símbolos como en los silencios: en los relatos oficiales, en la educación, en las conmemoraciones. Esta experiencia directa motivó la necesidad de interrogar, desde una mirada académica, cómo operan los procesos de justicia transicional en contextos democráticos sin ruptura institucional ni consenso narrativo sobre el pasado.

El enfoque metodológico adoptado en este trabajo es cualitativo y analítico, orientado a la interpretación crítica de discursos, marcos jurídicos y prácticas institucionales vinculadas con la justicia transicional en Irlanda del Norte. El análisis se articula en torno a los cuatro pilares reconocidos por el Derecho Internacional verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición, que permiten examinar tanto las omisiones como los mecanismos implementados desde el Acuerdo de Viernes Santo hasta la actualidad. El estudio se apoya en fuentes primarias (informes oficiales, resoluciones judiciales y normativa internacional) y secundarias (literatura académica y documentos del Centro Internacional para la Justicia Transicional, ICTJ, y de Naciones Unidas), adoptando una lectura comparada de las experiencias globales de justicia transicional. Este enfoque, centrado en los derechos humanos y en el reconocimiento de las personas sobrevivientes, busca visibilizar las voces excluidas y analizar críticamente las tensiones entre estabilidad institucional y justicia transformadora.

En el ámbito del Derecho Internacional, la justicia transicional se define como el conjunto de medidas judiciales y extrajudiciales adoptadas por sociedades que atraviesan periodos de cambio político para afrontar crímenes masivos del pasado. Ruti Teitel la concibe como una “visión de la justicia asociada a períodos de cambio político, caracterizada por respuestas legales para confrontar los atropellos de un régimen represivo predecesor” (Teitel 2002, 11). No es una forma distinta de justicia, sino una justicia adaptada a contextos de transición, que busca equilibrar paz y rendición de cuentas (ICTJ 2008). Este enfoque se consolidó a fines del siglo XX, impulsado por las transiciones latinoamericanas y europeas, y por las demandas de las personas víctimas de verdad y reparación (van Zyl 2005, 1).

Las Naciones Unidas establecieron un marco normativo que identifica cuatro pilares esenciales de la justicia transicional, formulados en los Principios Joinet (1997): verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición. Estos pilares corresponden a derechos inalienables de las personas afectadas. El derecho a la verdad exige esclarecer las violaciones ocurridas mediante investigaciones y comisiones de la verdad, como parte de la lucha contra la impunidad y la dignificación de quienes fueron vulneradas (Naciones Unidas 1997). La justicia impone a los Estados el deber de investigar y sancionar los crímenes graves, limitando las amnistías contrarias al Derecho Internacional (Orentlicher 2005). La reparación comprende medidas económicas, simbólicas y comunitarias que reconocen el daño y sientan bases para la reconciliación (de Greiff 2012, 5). Finalmente, las garantías de no repetición implican reformas institucionales y sociales destinadas a prevenir nuevos abusos, fortalecer el Estado de derecho y preservar la memoria (Naciones Unidas 2004, 3).

Como advierte el ICTJ (2008), la justicia transicional opera bajo restricciones prácticas: debe reconocer a las personas víctimas y promover la paz sin desestabilizar procesos frágiles. La experiencia internacional demuestra que las transiciones más sostenibles son aquellas que integran de forma equilibrada verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición (de Greiff 2021, 3). Este modelo integral busca evitar que la paz se construya sobre el olvido, y que las transiciones sean procesos de transformación legítima basados en el reconocimiento y la dignidad de las personas afectadas.

Más allá de su dimensión jurídica, la justicia transicional posee una raíz ética y filosófica vinculada con cómo las sociedades procesan el sufrimiento, construyen memoria y alcanzan la reconciliación. John Paul Lederach, Paul Ricoeur y Hannah Arendt aportan marcos complementarios que permiten entender este proceso como un puente entre justicia y humanidad. Lederach (1997) concibe la reconciliación como un “espacio de encuentro” entre verdad y perdón, entre justicia y paz. Superar un pasado violento exige conectar polos opuestos: la verdad reconocer las injusticias cometidas y la misericordia disposición al perdón; la justicia afirmar los derechos de las personas víctimas y la paz garantizar la convivencia futura. Este proceso requiere crear activamente espacios donde las personas compartan memorias y esperanzas, generando percepciones nuevas del pasado.

Ricoeur profundiza en la relación entre memoria, olvido y perdón. El perdón genuino, afirma, “exige la memoria y se opone al olvido” (Ricoeur 2004, 489). No implica borrar el pasado, sino enfrentarlo y renunciar a la venganza. Este “perdón difícil” no sustituye la justicia, sino que la complementa: la justicia actúa en el plano jurídico; el perdón, en el moral y relacional. Ambos son necesarios para reconstruir el tejido social. El objetivo final es alcanzar una “memoria justa”, donde el pasado doloroso se recuerde con veracidad sin perpetuar el resentimiento (Ricoeur 2004, 88).

Arendt incorpora la noción del perdón como acto político liberador. Dado que los actos humanos son irreversibles, solo el perdón puede “liberar al actor de las consecuencias de su acto” (Arendt 1958, 236). No es olvido ni excusa, sino una decisión consciente de no reproducir el daño. Sin cierto grado de perdón mutuo, la vida pública queda presa del pasado violento. La reconciliación política requiere que antiguas personas enemigas dejen de definirse como víctimas o responsables y se reconozcan como ciudadanas capaces de actuar conjuntamente. Así, el perdón se vincula con las garantías de no repetición: al perdonar tras la verdad y la responsabilidad, las comunidades restauran la convivencia y previenen la violencia.

Estos enfoques coinciden en que la justicia transicional no puede limitarse a sancionar culpables ni a reformar instituciones. La reconciliación genuina demanda un marco ético integral que combine verdad, justicia, memoria y perdón. Sin memoria veraz, no hay justicia posible; sin justicia, la memoria se envenena; y sin reparación, la dignidad de las personas afectadas permanece herida.

El caso de Irlanda del Norte encarna estos dilemas con particular intensidad. Creada en 1921 como entidad autónoma bajo soberanía británica, ha estado marcada por la división entre la comunidad unionista-protestante, partidaria de permanecer en el Reino Unido, y la nacionalista-católica, favorable a la reunificación con Irlanda. Esa fractura derivó, a fines de los años sesenta, en un conflicto prolongado The Troubles que dejó más de 3.500 personas muertas y decenas de miles heridas. Entre 1968 y 1998, las marchas por derechos civiles fueron reprimidas con violencia, lo que llevó a disturbios y a la intervención del ejército británico. Las décadas siguientes estuvieron atravesadas por atentados, ejecuciones y miedo sectario. Hechos como el Bloody Sunday de 1972, cuando soldados británicos mataron a catorce manifestantes desarmadas y desarmados en Derry, se convirtieron en símbolos de impunidad.

El Acuerdo de Viernes Santo de 1998 representó un punto de inflexión político. Aprobado por referéndum en ambas Irlandas, estableció un sistema de poder compartido y principios de igualdad. Incluyó el cese de la lucha armada, la entrega de armas bajo supervisión internacional y la liberación anticipada de personas presas por delitos vinculados con el conflicto. Aunque controvertidas, estas medidas se consideraron necesarias para consolidar la paz. Sin embargo, el acuerdo no estableció mecanismos concretos de verdad o justicia: reconoció “el sufrimiento de las personas víctimas” como elemento esencial de la reconciliación, pero no creó una comisión nacional ni un plan integral de justicia transicional.

Esa omisión, producto de un equilibrio político frágil, relegó las cuestiones de memoria y justicia a esfuerzos dispersos. Investigaciones como la Saville Inquiry (1998–2010) sobre el Bloody Sunday derivaron en disculpas oficiales, pero no en un proceso unificado de esclarecimiento. Más de dos décadas después, unas 1.800 muertes siguen sin resolverse, y la reciente Legacy Act (Reino Unido 2023), aprobada unilateralmente por el gobierno británico, propone cerrar las investigaciones y ofrecer inmunidad a quienes cooperen con una comisión de información. Diversas organizaciones, entre ellas Amnistía Internacional (2023), la han denunciado por consagrar la impunidad y negar el derecho a la justicia.

Irlanda del Norte se ha convertido así en un laboratorio atípico de justicia transicional dentro de una democracia consolidada. El propio Estado, parte del conflicto, conserva el control de los mecanismos de rendición de cuentas. La renuencia a abrir archivos o permitir investigaciones exhaustivas refleja la tensión entre las razones de Estado y los derechos de las personas afectadas, un dilema común en las transiciones negociadas. A la vez, la simetría imperfecta de narrativas donde ambas comunidades se consideran víctimas dificulta construir una memoria compartida.

Aun así, han surgido iniciativas de base: talleres intercomunitarios, proyectos de historia oral, archivos locales y museos de la paz. Estos espacios “desde abajo” complementan la ausencia de una comisión oficial, pero su impacto se ve limitado por la persistencia de muros físicos y mentales que dividen barrios y relatos. Las narrativas heroicas opuestas impiden un consenso mínimo sobre el pasado.

En suma, Irlanda del Norte amplía el horizonte de la justicia transicional más allá de los contextos clásicos de dictadura o guerra civil. Demuestra que incluso en democracias estables persisten los desafíos de verdad, justicia, memoria y reconciliación. La paz alcanzada en 1998 fue un logro histórico, pero solo una paz positiva, sustentada en reconocimiento y rendición de cuentas, podrá cerrar de manera justa la herida de The Troubles.

2. La herida abierta de Irlanda del Norte: The Troubles y el reto de la justicia transicional

El final de un conflicto no garantiza, por sí solo, la conquista de una paz genuina. En sociedades fracturadas por décadas de violencia sectaria, como Irlanda del Norte, silenciar las armas marca apenas el inicio de un largo y complejo proceso hacia la reconciliación, la justicia y la construcción de una memoria colectiva. El conflicto conocido como The Troubles (1968-1998) dejó más de 3.600 víctimas mortales, decenas de miles de personas heridas y cicatrices profundas en el tejido social, político y humano de la región.

Lejos de ser un episodio de “baja intensidad”, The Troubles enfrentaron a dos comunidades con aspiraciones identitarias opuestas: la unionista-protestante, defensora de la permanencia en el Reino Unido, y la nacionalista-católica, que aspiraba a la reunificación de Irlanda. Lo que comenzó como un movimiento por los derechos civiles degeneró en una espiral de violencia sectaria, terrorismo paramilitar y contrainsurgencia estatal, marcada por graves violaciones de derechos humanos y una connivencia documentada entre fuerzas de seguridad y grupos armados. Episodios como el Domingo Sangriento de 1972 simbolizan este legado de impunidad que, aún hoy, interpela al Estado británico.

El Acuerdo de Viernes Santo de 1998 fue un hito indiscutible al poner fin a la violencia generalizada y establecer un nuevo marco de gobernanza basado en el reparto de poder. Sin embargo, su pragmatismo político dejó sin resolver cuestiones fundamentales de verdad, justicia y reparación. La referencia al “sufrimiento de las personas víctimas” no se tradujo en la creación de mecanismos específicos, consolidando un modelo de justicia transicional fragmentado y reactivo.

Desde entonces, la investigación de los crímenes del pasado ha dependido de iniciativas dispersas investigaciones policiales convencionales, la labor del Police Ombudsman, el Historical Inquiries Team, todas ellas lastradas por limitaciones estructurales, falta de recursos y una renuencia política a asumir responsabilidades (Miralles 2016). Esta arquitectura incompleta ha perpetuado la impunidad, negando a las personas víctimas su derecho a la verdad y a la justicia.

Hoy en día, el legado de The Troubles sigue siendo una herida abierta. La incapacidad para articular una memoria colectiva plural y las “asignaturas pendientes” de justicia continúan condicionando el presente y amenazan la sostenibilidad de la paz. La reciente aprobación de Legacy Act, percibida como una institucionalización de la impunidad, es prueba de que el pasado sigue disputándose en el presente.

3. El legado no resuelto: impunidad, dolor y justicia fragmentada

El proceso de justicia transicional en Irlanda del Norte, lejos de desarrollarse como un itinerario lineal y coherente, ha seguido un recorrido marcado por la fragmentación, la insuficiencia y la creciente politización. A pesar de esfuerzos notables, como la Investigación Saville sobre el Domingo Sangriento (House of Commons Defence Committee 2017) o la labor del Police Ombudsman, la ausencia de un marco integral y consensuado ha dejado a la mayoría de las personas víctimas en una búsqueda agotadora de verdad y justicia (Gamboa 2025, 3).

La creación del Historical Inquiries Team en 2005, con el mandato de reexaminar todas las muertes no resueltas del conflicto, supuso una tentativa de ofrecer respuestas. Sin embargo, su limitada independencia, la falta de recursos y las críticas por su tratamiento de los casos que implicaban a agentes estatales socavaron su legitimidad (Miralles 2016). A ello se sumaron los procesos judiciales convencionales e inquests, que, si bien formalmente disponibles, han estado lastrados por dilaciones, obstrucciones políticas y restricciones en el acceso a la información sensible.

La propuesta del Acuerdo de Stormont House (2014) representó un intento serio de estructurar una respuesta integral al legado, mediante la creación de mecanismos específicos como la Unidad de Investigaciones Históricas y el Órgano Independiente de Recuperación de Información. No obstante, su implementación quedó paralizada por la falta de voluntad política y la persistente resistencia del gobierno británico a garantizar la plena transparencia y rendición de cuentas, especialmente en lo relativo a las acciones de sus fuerzas de seguridad.

En este contexto de bloqueo, el gobierno del Reino Unido impulsó unilateralmente la Legacy Act. Presentada como una solución para “cerrar el capítulo del pasado”, la Ley ha sido ampliamente condenada por personas víctimas, partidos políticos, organismos de derechos humanos y expertos internacionales (Amnistía Internacional 2023; Naciones Unidas 2023). Su diseño, que contempla el cierre de investigaciones y la concesión de inmunidad condicional a cambio de información, ha sido interpretado como una institucionalización de la impunidad, en contravención de las obligaciones del Reino Unido bajo el Convenio Europeo de Derechos Humanos (House of Commons Defence Committee 2017).

Informes de Naciones Unidas, Amnistía Internacional, Human Rights Watch y organizaciones locales como el Pat Finucane Centre y el Committee on the Administration of Justice han denunciado el carácter regresivo de la Ley, señalando su incompatibilidad con los principios de la justicia transicional y su impacto devastador en los derechos de las personas víctimas (Federación Internacional de Derechos Humanos 2023; Amnistía Internacional 2023). La Ley ha profundizado la desconfianza en las instituciones, ha reabierto heridas en las comunidades afectadas y ha generado una oleada de desafíos legales, incluyendo una sentencia del Tribunal Superior de Belfast en febrero de 2024 que declaró su incompatibilidad con el Convenio Europeo de Derechos Humanos (Naciones Unidas 2023).

El “problema no resuelto” del legado de The Troubles, lejos de ser superado, ha entrado en una nueva fase de controversia. La fragmentación de los esfuerzos, la instrumentalización política de la memoria y la imposición de soluciones unilaterales han socavado la legitimidad del proceso de justicia transicional. La persistencia de la impunidad y el dolor, como fuerzas activas que moldean el presente, exigen una reflexión crítica sobre los errores cometidos y la urgente necesidad de un cambio de rumbo que coloque en el centro a las víctimas y sus derechos (Miralles 2016).

4. Las guerras no contadas: género, violencia y resiliencia en la justicia transicional norirlandesa

La narrativa predominante sobre The Troubles, al igual que en otros contextos de violencia política, ha estado históricamente configurada desde una óptica androcéntrica (Ní Aoláin y O'Rourke 2010, 117–118). Los relatos oficiales han privilegiado las experiencias de los hombres combatientes, líderes políticos, personas víctimas visibles de la violencia estatal y paramilitar, relegando a las mujeres y a otros colectivos históricamente excluidos a posiciones de segundo plano.

Sin embargo, las mujeres vivieron, sufrieron y resistieron de múltiples formas, desempeñando roles esenciales en la supervivencia de sus comunidades, en el activismo por los derechos civiles y en la defensa de la paz. Ignorar estas experiencias no solo perpetúa su exclusión del relato histórico, sino que también compromete la legitimidad de la justicia transicional (McWilliams y Ní Aoláin 2013, 6–14).

El conflicto afectó a las mujeres de manera específica y desproporcionada. La violencia sexual fue empleada como arma de intimidación y control por todos los actores armados, aunque su documentación ha sido escasa debido al estigma, la revictimización institucional y la falta de mecanismos sensibles al género (Ní Aoláin y O'Rourke 2010, 119). Las investigaciones han tendido a centrarse en los asesinatos mayoritariamente de hombres, relegando la violencia de género a una posición marginal.

Además, las mujeres han liderado la búsqueda de verdad y justicia para sus familiares, desempeñando un papel clave en la recuperación de memoria y la exigencia de responsabilidades. Ejemplos emblemáticos son los casos de las personas desaparecidas, donde la tenacidad de las mujeres resultó decisiva para la localización de restos y la visibilización de las personas víctimas (Kezie-Nwoha y Emelonye 2020, 140).

Por otra parte, muchas mujeres participaron en organizaciones paramilitares, desempeñando funciones logísticas, de inteligencia e incluso en operaciones armadas. Estas mujeres han enfrentado una doble estigmatización: por su implicación en la violencia y por desafiar los roles de género tradicionales, quedando excluidas de los programas de desarme, desmovilización y reintegración (Ní Aoláin y O'Rourke 2010, 127–132).

El impacto socioeconómico del conflicto también fue diferencial. La pérdida de los principales sostenes familiares forzó a muchas mujeres a asumir la responsabilidad económica en condiciones de extrema precariedad, situación agravada por los desplazamientos y la fragmentación de redes de apoyo. Frente a esta múltiple victimización, las mujeres han desplegado una extraordinaria capacidad de resiliencia y agencia transformadora (Chang et al. 2015, 21). Han estado en la vanguardia de los esfuerzos por la paz y la reconciliación desde la base comunitaria. Movimientos como Peace People (1976) y la Northern Ireland Women’s Coalition, que participó en las negociaciones del Acuerdo de Viernes Santo, demuestran que la inclusión de las mujeres es esencial para una paz duradera.

Organizaciones como el WAVE Trauma Centre han desempeñado un papel crucial en el apoyo a las personas víctimas, visibilizando las experiencias femeninas y documentando el impacto de la violencia. La justicia transicional no puede cumplir su función transformadora si sigue ignorando las múltiples formas en que las mujeres han vivido y resistido la violencia (WAVE Trauma Centre 2020, 16).

5. La memoria en disputa: entre el poder, las voces excluidas y la verdad

En todo proceso de justicia transicional, la gestión del pasado se erige como uno de los desafíos más complejos y sensibles. La forma en que una sociedad recuerda, interpreta o silencia su historia reciente condiciona no solo la elaboración de los mecanismos de verdad, justicia y reparación, sino también las posibilidades de construir una convivencia basada en el reconocimiento mutuo y la legitimidad democrática.

En el caso de Irlanda del Norte, la disputa por la memoria de The Troubles constituye un auténtico campo de batalla simbólico donde confluyen intereses políticos, identitarios y éticos. Esta pugna trasciende la tradicional dicotomía entre unionistas y nacionalistas para incorporar un eje igualmente relevante: la confrontación entre las narrativas oficiales, promovidas por el Estado y las élites institucionales, y las memorias periféricas, sostenidas por las personas víctimas, colectivos históricamente excluidos y comunidades locales cuyas experiencias han sido sistemáticamente excluidas del relato dominante.

El presente epígrafe analiza los principales vectores de esta disputa memorial: la construcción de la memoria oficial como ejercicio de poder; la emergencia de memorias periféricas que desafían las versiones hegemónicas; y el papel crucial de los archivos y el acceso a la información en la configuración de una memoria plural y democrática.

5.1. La construcción de la memoria colectiva: relatos en confrontación y el reconocimiento de lo silenciado

La memoria colectiva en contextos de posconflicto se configura como un espacio de confrontación entre interpretaciones divergentes del pasado, donde los relatos oficiales buscan consolidar versiones legitimadoras, al tiempo que voces periféricas reclaman su derecho a ser escuchadas. En Irlanda del Norte, esta tensión adopta formas especialmente agudas, reflejando no solo la persistencia de identidades nacionales antagónicas, sino también la lucha por el reconocimiento de experiencias históricamente silenciadas (Hamber y Kelly 2005, 13–15).

El discurso institucional ha tendido a presentar The Troubles como una lucha del Estado contra el terrorismo, enfatizando la actuación de las fuerzas de seguridad como garantes del orden democrático y minimizando su responsabilidad en la escalada del conflicto y en las violaciones de derechos humanos (Beiner 2018, 541–551). Esta narrativa se ha afianzado a través de conmemoraciones, museos, informes oficiales y discursos políticos, configurando una imagen parcial del pasado que privilegia la versión del poder.

Frente a esta perspectiva, sectores de la sociedad civil han denunciado la selectividad y la funcionalidad política de dicha narrativa (Hamber y Kelly 2005, 57). La exclusión de las voces de las personas víctimas de la violencia estatal, la invisibilización de las mujeres como sujetos activos del conflicto y la omisión de las responsabilidades institucionales comprometen la credibilidad de los procesos de justicia transicional, al reproducir las mismas dinámicas de exclusión que facilitaron la violencia.

La disputa por la memoria, lejos de ser un ejercicio retórico, tiene profundas implicaciones en las políticas públicas, en la legitimidad de las instituciones y en la capacidad de la sociedad para construir una convivencia basada en el respeto a la pluralidad de experiencias (Davies-Janes 2024). Negar este pluralismo no solo priva a las personas víctimas de su derecho a la verdad, sino que perpetúa las fracturas sociales y socava la solidez de la paz alcanzada.

La construcción de una memoria colectiva que integre estas voces periféricas no implica la imposición de una verdad única, sino la apertura de espacios para el reconocimiento de las múltiples verdades que coexisten en una sociedad marcada por el conflicto. Solo desde esta inclusión puede avanzarse hacia una reconciliación que no sea superficial, sino auténticamente transformadora.

5.2. Memorias alternativas: desafíos y resistencias frente al discurso oficial

Más allá de la narrativa institucional promovida desde el poder, emergen con fuerza las denominadas memorias periféricas: relatos de las personas víctimas de la violencia estatal, de mujeres que sufrieron formas específicas de agresión, de personas LGBTIQ+ cuya identidad fue objeto de estigmatización y violencia, y de personas con discapacidad cuyas vivencias han permanecido relegadas al olvido (Fearon y McWilliams 2000, 117). Estas memorias no constituyen un simple anecdotario al margen de la historia oficial; por el contrario, ofrecen una visión compleja, crítica y profundamente humana del conflicto, cuestionando las versiones simplificadoras y binaristas que han dominado el discurso público.

La articulación de estas voces se ha materializado en múltiples iniciativas comunitarias y culturales que han desempeñado un papel fundamental en la preservación y transmisión de relatos alternativos. Murales populares, museos como el Museum of Free Derry, proyectos de historia oral promovidos por el Prisons Memory Archive, el Pat Finucane Centre y otras organizaciones locales, han permitido la recuperación de experiencias silenciadas, transformándose en espacios de resistencia simbólica y en instrumentos de validación social para las comunidades afectadas (Dawson 2007, 133-137).

Sin embargo, la lucha por el reconocimiento de estas memorias enfrenta obstáculos estructurales de gran calado. El acceso a la información y a los archivos oficiales ha estado tradicionalmente limitado por restricciones amparadas en la seguridad nacional, prácticas de opacidad institucional y la persistente renuencia a desclasificar documentación relativa a las actuaciones de las fuerzas de seguridad y los servicios de inteligencia (Gilliland 2015, 197). Esta falta de transparencia ha dificultado la labor de investigadores, periodistas, activistas y familiares de personas víctimas en su búsqueda de verdad y justicia.

Por su parte, los archivos comunitarios, pese a su enorme valor como depositarios de memorias alternativas, afrontan serias dificultades derivadas de la escasez de recursos, la precariedad de sus infraestructuras y la ausencia de un reconocimiento oficial que garantice su conservación y accesibilidad a largo plazo. Esta asimetría en las condiciones de producción y difusión del conocimiento histórico perpetúa la marginación de las voces periféricas en el relato colectivo.

La aprobación de la Ley de Reconciliación y Memoria de 2023 ha exacerbado estas tensiones. Al establecer la Comisión Independiente para la Reconciliación y la Recuperación de Información (ICRIR) como único canal autorizado para la recuperación de datos sobre el pasado, la ley ha clausurado otras vías de investigación y ha concentrado en una única institución sujeta a criterios y controles estatales la gestión del acceso a la verdad. Esta centralización supone un riesgo evidente de filtración, parcialidad y exclusión de aquellas memorias que cuestionan la narrativa oficial, amenazando con consolidar una versión edulcorada y políticamente funcional del conflicto (FIDH 2023).

En este contexto, la inclusión de las memorias periféricas en el relato colectivo no puede ser concebida como un gesto de buena voluntad política. Se trata, ante todo, de una exigencia de justicia y de respeto a los derechos humanos, consagrada en los principios internacionales de verdad, reparación y garantías de no repetición. La construcción de una memoria plural, que refleje la diversidad y complejidad de las experiencias vividas, es condición indispensable para una reconciliación genuina y para la consolidación de una convivencia democrática que se asiente sobre la dignidad y el reconocimiento de todas las personas víctimas.

5.3. La Legacy Act de 2023: un obstáculo para la verdad y la memoria plural

La Ley de Reconciliación y Memoria de los Disturbios de Irlanda del Norte de 2023 ha supuesto un punto de inflexión en la disputa por la memoria del conflicto. Presentada por el gobierno británico como un mecanismo para “cerrar el capítulo del pasado”, la norma ha sido ampliamente percibida como un intento de institucionalizar la impunidad y reconfigurar la narrativa de The Troubles en términos favorables al Estado (FIDH 2023).

Al clausurar las investigaciones judiciales y policiales en curso y establecer un régimen de inmunidades condicionales a cambio de información, la ley debilita las posibilidades de alcanzar una verdad contrastada y verificable. En su lugar, promueve la construcción de una “verdad oficial” centralizada en la ICRIR, cuyo funcionamiento carece de las garantías necesarias de independencia y pluralidad (CAJ 2024). Este modelo no solo niega a las personas víctimas su derecho a la justicia, sino que compromete la integridad del relato histórico, al restringir el escrutinio independiente y limitar la representación de voces diversas en el espacio público.

La reacción de la sociedad civil y de la comunidad internacional no se ha hecho esperar. Naciones Unidas, Amnistía Internacional, Human Rights Watch y múltiples organizaciones locales han denunciado la incompatibilidad de la ley con los estándares internacionales de derechos humanos, advirtiendo sobre su impacto negativo en los derechos de las víctimas y en la cohesión social (Amnesty International 2024). Esta preocupación fue respaldada por el Tribunal Superior de Belfast, que en su sentencia de febrero de 2024 declaró que la Ley vulnera el Convenio Europeo de Derechos Humanos, cuestionando así su constitucionalidad y legitimidad (FIDH 2023).

La Legacy Act de 2023 constituye, en consecuencia, una amenaza directa a la construcción de una memoria plural e inclusiva. Su enfoque restrictivo, orientado a consolidar un relato institucional unívoco, prioriza la estabilidad política sobre los principios de verdad, justicia y reparación. Una reconciliación sostenible y auténtica exige, por el contrario, reconocer la diversidad de memorias, asumir las responsabilidades institucionales y garantizar el respeto efectivo de los derechos de las víctimas.

6. Análisis crítico: ¿puede la justicia transicional sanar una sociedad dividida como la Norirlandesa?

Tras recorrer el complejo itinerario de la justicia transicional en Irlanda del Norte, resulta imprescindible retomar la cuestión central que vertebra este análisis: ¿puede la justicia transicional, en sus diversas y a menudo contradictorias manifestaciones, contribuir a una sanación genuina y a la construcción de una paz sostenible en una sociedad profundamente dividida? Esta interrogante adquiere especial relevancia a la luz de la aprobación de la Ley de Reconciliación y Memoria de 2023, cuyo impacto amenaza con perpetuar las fracturas históricas en lugar de cerrarlas.

La experiencia norirlandesa refleja las tensiones inherentes a todo proceso de justicia transicional: la confrontación entre las necesidades de las víctimas y las prioridades del poder institucional, la pugna entre narrativas oficiales y memorias periféricas, y la dificultad de articular un relato compartido del pasado que permita cimentar la convivencia futura. En este contexto, la justicia transicional no puede entenderse como un mero conjunto de mecanismos técnicos, sino como un proceso profundamente político, cuyo éxito o fracaso depende de su capacidad para integrar la pluralidad de voces y experiencias que configuran el legado del conflicto.

6.1. Balance de logros y fracasos en el proceso norirlandés

La justicia transicional, entendida como el conjunto de medidas judiciales y extrajudiciales adoptadas por las sociedades para hacer frente a legados de violencia masiva y graves violaciones de derechos humanos, presenta en Irlanda del Norte un balance desigual. Más de un cuarto de siglo después del Acuerdo de Viernes Santo, los avances en la contención de la violencia política contrastan con las profundas carencias en materia de verdad, justicia y reparación (Taylor 2006, 217-226).

Entre los logros más destacados se encuentran investigaciones públicas como la Saville Inquiry sobre el Domingo Sangriento, que permitió reconocer formalmente la responsabilidad del Estado británico en los hechos de 1972 (Monks 2013, 350-356). Asimismo, la labor del Police Ombudsman ha sido clave para desvelar casos de connivencia entre las fuerzas de seguridad y actores paramilitares, rompiendo con décadas de opacidad institucional (CAJ 2024). No menos relevante ha sido la acción constante de las organizaciones de víctimas, cuya presión ha propiciado avances jurisprudenciales de alcance limitado, así como la inclusión de sus relatos en el debate público.

La contribución de las mujeres en este proceso merece una atención específica. A pesar de la exclusión sistemática de sus experiencias en los mecanismos oficiales, las mujeres han desempeñado un papel central en la construcción de paz comunitaria y en la preservación de la memoria desde la base, desafiando las estructuras patriarcales que han condicionado históricamente la justicia transicional. Su capacidad de agencia ha permitido visibilizar formas específicas de victimización, como la violencia sexual y de género, que han permanecido relegadas en el relato oficial (WAVE Trauma Centre 2020, 45).

No obstante, estos avances puntuales no ocultan los fracasos estructurales. La ausencia de un marco integral y consensuado para abordar el legado del conflicto ha propiciado una dinámica de fragmentación y bloqueo. Iniciativas como las propuestas del Grupo Eames-Bradley o el Acuerdo de Stormont House han naufragado ante la falta de voluntad política y la renuencia del gobierno británico a garantizar transparencia y rendición de cuentas (Dawson 2017, 133-156).

La impunidad sigue siendo la norma para la mayoría de las violaciones de derechos humanos cometidas por todos los actores del conflicto. Las necesidades de las mujeres, de las minorías étnicas, de las personas LGBTIQ+ y de las personas con discapacidad han sido sistemáticamente invisibilizadas en los procesos de verdad, justicia y reparación. Esta exclusión compromete la legitimidad de la justicia transicional, en la medida en que reproduce las mismas lógicas de discriminación estructural que alimentaron el conflicto (McWilliams 2016, 63).

La batalla por la memoria, lejos de ser un capítulo cerrado, sigue constituyendo un frente abierto de disputa simbólica y política. Las narrativas oficiales tienden a clausurar el pasado bajo premisas de estabilidad, mientras las memorias alternativas reclaman un reconocimiento que sigue pendiente.

En definitiva, la experiencia norirlandesa demuestra que una justicia transicional fragmentaria, desprovista de un enfoque inclusivo y de un compromiso real con la verdad, no solo resulta ineficaz, sino que corre el riesgo de perpetuar las divisiones que pretende superar. La construcción de una paz sostenible exige un proceso honesto y plural, que integre todas las voces, asuma las responsabilidades institucionales y respete los derechos de las víctimas como pilares fundamentales de la reconciliación (Gilligan 2017, 214).

6.2. La experiencia norirlandesa en perspectiva comparada: aprendizajes y advertencias desde la justicia transicional internacional

La justicia transicional, en su acepción más profunda, no puede entenderse como una receta uniforme aplicable mecánicamente a contextos diversos. Cada sociedad que transita desde la violencia hacia la paz lo hace arrastrando sus propias fracturas históricas, sus equilibrios políticos y sus cicatrices colectivas. Sin embargo, la comparación con otros procesos de justicia transicional resulta imprescindible para identificar patrones, desafíos recurrentes y alternativas viables que permitan iluminar las limitaciones del modelo norirlandés actual.

Un caso paradigmático es el de Sudáfrica, cuya Comisión de Verdad y Reconciliación (CVR), presidida por Desmond Tutu, ha sido ampliamente reconocida como un hito en la gestión pública de la memoria y la verdad. Pese a las críticas recibidas principalmente por la limitada persecución penal de los responsables del apartheid, la CVR permitió articular un espacio público de escucha y reconocimiento de las personas víctimas. Las audiencias fueron abiertas, televisadas y con un impacto social profundo, configurando una narrativa oficial que, aunque imperfecta, no eludió la confrontación con las violencias estructurales del régimen segregacionista. A diferencia de la ICRIR norirlandesa, diseñada bajo la premisa de centralizar la “recuperación de información” en un formato tecnocrático y carente de escrutinio público, la CVR apostó por visibilizar las memorias periféricas y facilitar un proceso colectivo de duelo y reconocimiento (de Torres 2005, 21).

En América Latina, los procesos de justicia transicional en Argentina y Chile ofrecen lecciones igualmente significativas. Tras largos periodos de amnistía e impunidad institucionalizada, las luchas incansables de las organizaciones de derechos humanos en particular de las mujeres, como las Madres y Abuelas de Plaza de Mayo lograron revertir estas políticas de olvido. La judicialización de los crímenes de las dictaduras, aunque tardía y plagada de obstáculos, se ha consolidado como un elemento central para la reparación simbólica de las personas víctimas y la dignificación de sus luchas. Estos procesos han demostrado que la rendición de cuentas, aunque políticamente incómoda, es esencial para la consolidación de una democracia robusta y para la reconstrucción de la confianza social (Aguilar 2013, 281-308).

Más recientemente, Colombia ha apostado por un enfoque integral y ambicioso a través de su Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición. Este modelo articula comisiones de la verdad, tribunales especiales (como la JEP) y programas de reparación tanto individual como colectiva, con especial atención a las violencias de género, las afectaciones diferenciales sobre pueblos indígenas, comunidades afrodescendientes y sectores históricamente excluidos. La participación activa de las mujeres y la inclusión de un enfoque interseccional han sido ejes vertebradores del proceso, configurando un modelo que, pese a sus desafíos de implementación, ofrece una alternativa más inclusiva y plural a las visiones tradicionales de la justicia transicional (Tobón et al. 2021, 312, 417–418).

Todos estos casos, con sus éxitos y limitaciones, comparten elementos fundamentales que contrastan de manera elocuente con la deriva actual en Irlanda del Norte. La centralidad de los derechos de las víctimas, el compromiso real con la verdad por incómoda que esta resulte y la existencia de mecanismos efectivos de rendición de cuentas emergen como denominadores comunes en los procesos que han logrado un mínimo de legitimidad social y política. A ello se suma, de manera cada vez más evidente, la integración de una perspectiva de género transversal, que no solo reconoce las violencias específicas sufridas por las mujeres, sino que incorpora activamente sus voces en la construcción de memoria y en la definición de las políticas de justicia transicional.

El caso norirlandés, en cambio, se ha caracterizado por una fragmentación persistente de los mecanismos, la marginación de las memorias periféricas y la exclusión sistemática de las dimensiones de género y diversidad. La aprobación de la Legacy Act en 2023 no solo no ha corregido estas carencias, sino que las ha exacerbado, institucionalizando la impunidad y reduciendo la justicia transicional a un ejercicio tecnocrático de gestión del pasado, desprovisto de legitimidad social y alejado de los principios internacionales en la materia (FIDH 2023).

La apuesta por un modelo que privilegia el cierre administrativo de los expedientes sobre la búsqueda de la verdad y la rendición de cuentas no es una novedad en las democracias posconflicto. Sin embargo, la experiencia comparada demuestra que tales enfoques, si bien pueden ofrecer réditos políticos de corto plazo, acarrean costos sociales, éticos y políticos de gran calado. La exclusión de las personas víctimas del centro del proceso, la negación de sus derechos y la imposición de narrativas oficiales homogenizadoras no conducen a una reconciliación genuina, sino que perpetúan las fracturas y consolidan un “pacto de silencio” incompatible con los principios de una paz justa y duradera.

En definitiva, el análisis comparado evidencia que alternativas más inclusivas, participativas y comprometidas con la verdad son no solo posibles, sino indispensables. Irlanda del Norte enfrenta el desafío urgente de reorientar su proceso de justicia transicional, aprendiendo de estas experiencias y asumiendo la responsabilidad de construir un modelo que priorice los derechos de las víctimas, reconozca la pluralidad de memorias y garantice la rendición de cuentas como condición sine qua non para la sanación social.

6.3. Educación y diálogo intergeneracional: claves para transformar las narrativas y construir una memoria plural en Irlanda del Norte

La insuficiencia de los mecanismos oficiales de justicia transicional en Irlanda del Norte ha dejado un vacío que no puede ser ignorado. Mientras la Ley de Reconciliación y Memoria de 2023 profundiza las fracturas al imponer una narrativa oficializada y excluir las memorias periféricas, la sociedad civil ha encontrado en la educación y el diálogo intergeneracional herramientas fundamentales para resistir el olvido, transformar las visiones simplificadoras del conflicto y promover una convivencia democrática basada en el respeto a la diversidad de experiencias.

La educación, entendida como un proceso crítico y emancipador, tiene el potencial de desarticular las narrativas binarias que han dominado el discurso sobre The Troubles. No se trata únicamente de transmitir datos históricos, sino de fomentar una memoria crítica, capaz de problematizar las causas estructurales de la violencia, las responsabilidades compartidas y las múltiples formas en que el conflicto ha atravesado las vidas de las personas, en especial de las mujeres, las comunidades locales y otros colectivos tradicionalmente invisibilizados (Villegas 2023, 18-29).

La persistente segregación del sistema educativo norirlandés, estructurada en torno a las identidades religiosas y políticas, ha contribuido a la reproducción de relatos cerrados, ajenos al reconocimiento de la alteridad. Esta división no solo perpetúa los estigmas del pasado, sino que también obstaculiza la construcción de una ciudadanía crítica y plural. Superar esta barrera requiere una reforma profunda de los contenidos curriculares, así como el diseño de programas educativos transversales, que integren la perspectiva de género y los derechos humanos como ejes vertebradores (Beiner 2018, 541-543). Solo así podrá formarse una nueva generación capaz de reconocer la legitimidad de las memorias divergentes y de afrontar las complejidades del legado de violencia con honestidad y responsabilidad ética.

El diálogo intergeneracional e intercomunitario emerge como un segundo pilar indispensable. La creación de espacios de encuentro seguro, donde personas de diferentes generaciones y comunidades puedan compartir sus vivencias, es crucial para desmontar estereotipos, humanizar al “otro” y construir narrativas más inclusivas. Proyectos como el Prisons Memory Archive o las iniciativas de historia oral impulsadas por el Pat Finucane Centre han demostrado la potencia transformadora de estos espacios, en los que la transmisión de testimonios adquiere un valor reparador tanto para las personas víctimas como para las nuevas generaciones (Dawson 2007, 137-139).

Estos procesos no solo permiten visibilizar las memorias periféricas en particular, las de mujeres, personas LGBTIQ+ y otros colectivos históricamente excluidos de las narrativas oficiales, sino que también fomentan la empatía, la escucha activa y la comprensión de las múltiples capas de violencia y resistencia que configuran el tejido social norirlandés. En este sentido, las artes comunitarias, el teatro social y los proyectos culturales colaborativos se han revelado como herramientas pedagógicas de gran impacto, facilitando procesos de reflexión crítica y de construcción de memoria colectiva desde la base.

No obstante, la eficacia de estas iniciativas depende en gran medida del entorno institucional. Las políticas que buscan imponer el olvido, como la Legacy Act, suponen un obstáculo formidable para cualquier esfuerzo comunitario orientado a una reconciliación genuina. Al restringir el acceso a la información, clausurar vías de investigación y centralizar la “verdad” en un organismo estatal sin garantías de pluralidad, la legislación vigente limita la capacidad de la sociedad para dialogar con su pasado de forma honesta y democrática (FIDH 2023; Amnesty International 2024).

En consecuencia, la educación y el diálogo intergeneracional no son meros complementos de la justicia transicional, sino elementos esenciales para su viabilidad y legitimidad. Estos procesos permiten generar las condiciones culturales y sociales necesarias para que la verdad, la justicia y la reparación sean asumidas como principios éticos compartidos, y no como imposiciones externas o concesiones políticas.

La justicia transicional en Irlanda del Norte se encuentra, por tanto, en una encrucijada. La trayectoria actual, marcada por la priorización de la estabilidad política sobre los derechos de las víctimas, ha demostrado ser insuficiente para cerrar las heridas abiertas por décadas de violencia. Un cambio de paradigma es imprescindible: uno que reconozca la pluralidad de memorias, que integre las voces históricamente excluidas en particular las de las mujeres y colectivos históricamente excluidos, y que promueva una cultura de paz desde la educación y el diálogo.

Sin estas premisas, la paz seguirá siendo un acuerdo frágil, vulnerable a las tensiones latentes y a la reactivación de conflictos que nunca fueron abordados con la profundidad y el respeto que merecen. La transformación de las narrativas no puede lograrse desde la imposición, sino desde la construcción colectiva de una memoria plural, crítica y orientada a la justicia social.

Conclusiones: justicia, memoria y reconciliación en Irlanda del Norte

La justicia transicional en Irlanda del Norte atraviesa un momento crítico. Más de dos décadas después del Acuerdo de Viernes Santo, las promesas de afrontar de manera integral el legado del conflicto se han visto sistemáticamente incumplidas. La reciente Ley de Reconciliación y Memoria de 2023 ha supuesto un punto de inflexión que, lejos de resolver las deudas pendientes con las personas víctimas, ha acentuado las fracturas sociales, exacerbado la impunidad y restringido la pluralidad de memorias. El panorama actual refleja una crisis de legitimidad del modelo vigente, profundamente condicionado por la instrumentalización política del pasado, la fragmentación de los mecanismos de rendición de cuentas y la exclusión sistemática de las voces periféricas.

La aprobación de la Legacy Act ha consolidado estas dinámicas regresivas, convirtiéndose en un obstáculo estructural para la construcción de una paz justa y una memoria plural. La narrativa que sustenta dicha ley plantea un falso dilema entre la justicia y la estabilidad social, promoviendo la idea de que “pasar página” es una condición indispensable para la convivencia. Esta lógica niega la centralidad de los derechos de las personas víctimas y perpetúa una concepción reduccionista de la reconciliación, despojada de su dimensión ética y transformadora. Para quienes sufrieron directamente la violencia, la verdad, la rendición de cuentas y la reparación no son opciones accesorias, sino pilares esenciales de la sanación individual y colectiva. Cualquier intento de imponer una reconciliación basada en el silencio y la impunidad no solo revictimiza, sino que erosiona la legitimidad de las instituciones y del propio proceso de justicia transicional.

La institucionalización de la impunidad, cristalizada en la Ley de 2023 mediante la concesión de inmunidades y el cierre de investigaciones, socava profundamente la confianza en el Estado de derecho. La percepción de que ciertos crímenes quedan sin sanción por conveniencia política transmite un mensaje devastador: la vida, la dignidad y los derechos de las personas afectadas son negociables. Esta dinámica vulnera los compromisos internacionales del Reino Unido en materia de derechos humanos y alimenta la desconfianza, la polarización y la fragmentación social, actuando como un obstáculo insalvable para cualquier proyecto de reconciliación genuina.

A ello se suma la exclusión persistente de las experiencias de género y de las memorias periféricas, una de las carencias más graves del modelo vigente. Las violencias específicas sufridas por las mujeres, las personas LGBTIQ+, las personas víctimas de violencia sexual y otros colectivos históricamente excluidos han sido sistemáticamente ignoradas en los procesos de verdad, justicia y reparación. Esta omisión no es un déficit técnico, sino una manifestación de las estructuras de poder que han configurado el conflicto y su gestión posbélica. La Ley de 2023, al centralizar la “recuperación de información” en la ICRIR y suprimir otras vías de investigación, refuerza esa exclusión y amenaza con consolidar una memoria oficial homogénea, incapaz de reflejar la complejidad y diversidad de las vivencias del conflicto.

Frente a este panorama, la “sanación” de la sociedad norirlandesa no puede concebirse como un ejercicio simbólico o meramente institucional. Requiere un enfoque integral que articule las dimensiones jurídicas, políticas, sociales y éticas de la justicia transicional, garantizando el respeto efectivo de los derechos de todas las personas víctimas, sin distinción. La perspectiva de género debe dejar de ser un compromiso retórico para traducirse en acciones concretas que reconozcan, reparen y visibilicen las experiencias diferenciadas de las mujeres y de los colectivos históricamente excluidos.

La reversión de la deriva actual no puede limitarse a ajustes técnicos o reformas de procedimiento. Se trata de una cuestión profundamente política y, sobre todo, ética. La justicia transicional no se sostiene en la retórica del cierre, sino en la voluntad de abrir espacios de verdad, reconocimiento y sanación genuina. En este sentido, el primer paso ineludible es la derogación de la Legacy Act, cuya incompatibilidad con los principios fundamentales del Derecho Internacional y de la justicia transicional ha sido reiteradamente señalada por personas víctimas, organizaciones de derechos humanos y organismos internacionales.

Esta derogación no debe entenderse como un gesto simbólico, sino como el inicio de un cambio de paradigma. Su eliminación debe ir acompañada de la reactivación de los compromisos adquiridos en el Acuerdo de Stormont House, que, pese a sus limitaciones, representaba un marco más coherente con las obligaciones internacionales del Reino Unido. La creación de mecanismos independientes, dotados de recursos suficientes y legitimidad social, resulta imprescindible para devolver al proceso de justicia transicional su sentido original: la satisfacción efectiva de los derechos de las víctimas y la construcción de una memoria plural.

La transparencia y el acceso a la información son, asimismo, pilares esenciales. La desclasificación de los archivos estatales bajo supervisión independiente y con una limitación razonable de las exenciones por seguridad nacional constituye no solo una exigencia jurídica, sino un imperativo moral. La opacidad ha sido durante décadas un muro que ha impedido a las personas afectadas conocer la verdad sobre lo ocurrido. Derribar ese muro es condición indispensable para construir una convivencia basada en el reconocimiento mutuo y la confianza institucional.

Del mismo modo, la implementación de un programa de reparaciones integrales, diseñado en diálogo con las personas afectadas y con un enfoque sensible a las dimensiones de género, diversidad y territorialidad, es una necesidad urgente. Estas reparaciones deben ir más allá de la compensación económica, contemplando medidas simbólicas, psicosociales y comunitarias que reconozcan el daño sufrido y contribuyan a restaurar la dignidad de quienes padecieron la violencia. La justicia transicional no puede reducirse a expedientes o cifras: debe ser un proceso humanizador, que sitúe el sufrimiento y la memoria de las personas víctimas en el centro de la acción pública.

El reconocimiento explícito de las responsabilidades institucionales en las violaciones de derechos humanos constituye otro eje ineludible de este replanteamiento. No bastan las declaraciones genéricas de arrepentimiento: es necesario asumir responsabilidades concretas, colaborar con las investigaciones y garantizar la judicialización de los casos pendientes. Sin esa asunción, cualquier intento de reconciliación quedará condenado a la superficialidad, a la mera gestión del olvido.

En el ámbito social y educativo, se vuelve prioritario invertir en programas de educación para la paz y de memoria crítica orientados a superar las visiones sectarias y fomentar el respeto a la diversidad de experiencias. El sistema educativo debe dejar de reproducir relatos cerrados y convertirse en un espacio de reflexión plural, donde las nuevas generaciones puedan aproximarse a la complejidad del pasado desde la empatía y el pensamiento crítico. Paralelamente, la promoción de espacios de diálogo intercomunitario e intergeneracional es esencial para desactivar los discursos de odio y construir una cultura de convivencia democrática.

El fortalecimiento de la sociedad civil y de las iniciativas de memoria comunitaria constituye otro pilar estratégico que no puede seguir siendo relegado. Las organizaciones de personas víctimas, los archivos locales y los proyectos de historia oral desempeñan un papel insustituible en la preservación de las memorias periféricas y en la articulación de relatos alternativos. Garantizar su sostenibilidad mediante financiación estable, reconocimiento político y su integración efectiva en los procesos de verdad y reparación es una obligación inaplazable.

En este marco, la participación equitativa de las mujeres en todos los niveles de decisión relacionados con la justicia transicional debe asumirse como un principio rector. La exclusión de las mujeres no solo perpetúa las dinámicas de poder que originaron muchas de las violencias, sino que empobrece la comprensión colectiva del conflicto. La experiencia de la Northern Ireland Women’s Coalition demuestra que su inclusión activa en los procesos de paz y memoria no es un gesto simbólico, sino un elemento esencial para su legitimidad y eficacia.

La comunidad internacional Naciones Unidas, Consejo de Europa, Unión Europea, Gobierno de Irlanda y Estados Unidos debe mantener un escrutinio riguroso sobre la evolución de la justicia transicional en Irlanda del Norte. Su papel, lejos de agotarse en la diplomacia de gestos, debe orientarse a ejercer una presión política constante, ofrecer apoyo técnico y garantizar que las medidas adoptadas respeten los estándares internacionales de derechos humanos.

La justicia transicional no es, ni puede ser, una solución mágica. Es un proceso largo, complejo y a menudo frustrante, pero constituye la herramienta más poderosa para afrontar los legados de la violencia y construir sociedades democráticas e inclusivas. La experiencia norirlandesa, con sus avances y retrocesos, es una lección viva de los riesgos de anteponer la estabilidad política inmediata a los derechos fundamentales. La paz firmada en 1998 fue un logro indiscutible, pero sigue siendo una paz frágil e incompleta mientras las heridas del pasado se gestionen desde la opacidad, la exclusión y la impunidad.

Aun así, la esperanza persiste. Habita en las personas víctimas que, pese al abandono institucional, continúan reclamando su derecho a la verdad; en la sociedad civil que se niega a olvidar y mantiene viva la memoria silenciada; y, sobre todo, en la posibilidad de que la voluntad política, tarde o temprano, se alinee con la exigencia ética de enfrentar el pasado con la honestidad, la valentía y la humanidad que requiere la construcción de una paz duradera y justa.

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